Pero sobre todo, en cuanto a lo que nos interesa
en este trabajo, provocó la redacción e impresión del documento posiblemente
más destacado del provincialismo político riojano:
Juicio crítico de
la Exposición dirigida el Congreso Nacional por unos Apoderados de Soria
para que no se altere el estado presente de su provincia y capital. Carta
de un Riojano a un Señor Diputado de Cortes en la cual se ilustran
con este motivo varios puntos históricos y geográficos de la Rioja en
apología de la comisión facultativa que ha trabajado por orden del gobierno
la división del territorio español.
El autor, dada la crispación que el tema había provocado en Soria, prefirió
esconderse bajo el pseudónimo de Justo Patricio de España. Pero la estructuración,
claridad, erudición y solidez del trabajo delataba fácilmente a algún
escritor riojano destacado del momento. Y aunque se fecha en Sojuela el
16 de mayo de 1821, fue elaborado por
Martín Fernández de Navarrete, casi
sin ninguna duda, en Madrid, donde fue impreso.
Con este Juicio Crítico a la Exposición de los apoderados de Soria se
llegaba a la cima teórico-política del movimiento provincialista riojano.
No sólo recogía todo lo que se había teorizado y escrito antes de 1821
sobre la necesidad de una provincia de La Rioja, sino que se convertía
en el documento básico para refrendar técnica e ideológicamente lo acordado
y defendido por la "Comisión facultativa" nacional de división de Provincias.
Se nota en él la experiencia, e incluso la autosuficiencia, de un escritor
acostumbrado a la investigación y la publicación, como efectivamente lo
era el autor en el campo especializado de la Historia de la Marina Española.
Para explicar los límites, así como la independencia de la Rioja de la
provincia de Soria hasta principios del siglo XVIII, construye un discurso
histórico impecable sobre referencias a autores clásicos (Estrabón, Ptolomeo
y Plinio), a historiadores del siglo XVI (Florian de Ocampo, Garibay,
Risco, Zurita, Flórez, Sandoval) y a los mismos de los siglos XVII y XVIII,
así como a coetáneos (P. Anguiano, Loperraez, Llorente, Sandoval, el geógrafo
Tomás López, Juan Antonio de Estrada, José Jordán e Isidoro Antillón).
Igualmente en un tercer apartado resume en cinco densos párrafos los distintos
"conatos de la Rioja para recobrar su libertad e independencia" construyendo
la que puede ser considerada como la primera historia del provincialismo
riojano.
Según él deben distinguirse tres etapas:
una primera sustentada en la
labor de la Sociedad Económica de la Rioja Castellana;
una segunda coincidiendo
con los difíciles años de la primera Regencia y las Cortes de Cádiz; y
una tercera, en la que él mismo es su máximo protagonista, que corresponde
a los dieciséis primeros meses del Trienio, o sea, desde el pronunciamiento
de Riego hasta la aparición de
Carta de un Riojano a un Señor Diputado
de Cortes.
Más pobres son los apartados IV y V, referidos a los datos
económicos y demográficos de La Rioja el primero, y a los otros errores
contenidos en la Exposición de los sorianos, el segundo. Creo que prácticamente
sobran en el escrito. Ninguno de los dos añaden nada novedoso a lo ya
desarrollado con anterioridad por los provincialistas riojanos. En el
párrafo V, sobre la "población y riqueza de la Rioja", se limita a repetir
lo tantas veces recogido en las múltiples Exposiciones de los riojanos
solicitando la autonomía administrativa en años anteriores. Es decir,
generalidades y declaraciones de intenciones. Nunca datos seriados o mínimamente
elaborados con visión económica. Quizás exigir todo esto, sea, en esas
fechas, pedir demasiado, pero el autor, sin duda, contaba con ellos. En
el fondo está el problema del velamiento de los intereses profundos de
los grupos en los que se movía el provincialismo de la Sociedad.
El carácter
despectivo del apartado V, por otra parte, es posible que cuadre con la
crispación que alcanzó la cuestión, incluso siendo amenazado de muerte
un miembro de la familia del autor,
Sebastián, Diputado Provincial soriano
por un Partido Riojano en esta fecha; o con la exaltación política de
la vuelta al régimen constitucional. Desde luego no es comprensible desde
ninguna otra óptica justificativa el que se escriba que la Exposición
de los apoderados de Soria ""todavía ofrece ameno y dilatado campo para
formar una floresta española no menos variada que entretenida".
El proyecto de la provincia de Logroño: discusión en las Cortes
El Proyecto de división de provincias, en cuanto a lo que se refiere a
la Provincia de la Rioja, se discutió en las Cortes del 15 de octubre
de 1821. El Conde de Navas se opuso al informe de la Comisión de Cortes
y su conclusión fue "que el Congreso debe desechar la provincia de la
Rioja o suprimir la capital de Soria". Pero no sucedió ni lo uno ni lo
otro. "Las Cortes declaran a la Rioja como Provincia independiente bajo
la denominación de Provincia de Logroño y por capital a esta Ciudad".
Esta es la noticia que llegó, el 18 de octubre de 1821, al Ayuntamiento
de Logroño a través del escrito de Vicente Virto, uno de los Comisionados
de la Junta de Partidos formada por el movimiento provincialista municipalista
riojano a principios del Trienio. En la misma carta también se recuerda
que "resta ahora la demarcación de límites", pero "que si no es tan extensa
la Provincia como se halla propuesta por la Comisión, por lo menos será
lo que baste para figurar en el mapa de modo conveniente". Efectivamente
en el Real Decreto de la nueva división administrativa española en 52
provincias firmado por el Rey Fernando VII se recortaban los límites de
la Provincia de Logroño incluidos en el proyecto.
Ver
Mapa.
Se había conseguido lo buscado durante tanto tiempo. Al fin La Rioja era
provincia independiente de la Monarquía española y quizás con más extensión
territorial de la que se habían imaginado los propios provincialistas
de todo signo. Su constitución se había debido al impulso político del
régimen constituyente nacido de un "pronunciamiento militar" y en el ejercicio
del constitucionalismo democrático liberal.
'EXTERMINIO DE LA ESPAÑA' - Hacia el nacimiento de la Provincia - ÍNDICE GENERAL del nacimiento de la provincia