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Reglamento del "Ropero Concepción Arenal" fundado bajo la advocación del glorioso San Martín

Logroño a 14 de junio de 1920. Presidenta: Micaela Pérez de Miranda.

Fines de esta asociación

Con objeto de aliviar en lo posible de las necesidades de los reclusos de las cárceles y transeuntes que en ella pernoctaren, fúndase esta asociación para proporcionarles ropas de uso interior y exterior e inspirándose las asociadas en el más alto y nobilísimo espíritu de caridad cristiana, practicar la hermosa obra de misericordia "vestir al desnudo" procurando a la vez el relativo perfeccionamiento moral e intelectual de los desventurados delincuentes por lo que tanto y tanto trabajó la insigne dama Concepción Arenal, fundadora de esta institución..

Bases a que se ha de someter la asociación
Art. 1 º. Habrá socias activas y socias protectoras. Las primeras contribuirán laborando en la confección y reparación de prendas que se reciban por limosna o donativo. Serán protectoras cuantas favorezcan a la institución con donativos en metálico o en ropas.
Art. 2 º. Para ingresar en la misma, bastará ser presentada por cualquiera de las señoras que forman la Junta de Gobierno o por alguno de los señores que en la Asociación figuren con carácter honorario.
Art. 3 º.Aparte de los donativos y limosnas, como el Ropero habrá de sostenerse de caridad, podrán las asociadas suscribirse con cuotas voluntarias que serán de diez céntimos mensuales en adelante.
Art. 4 º. Fundado este Ropero bajo la advocación del glorioso San Mrtín, se celebrará el día de su festividad una misa solemne y cuantos cultos permita la situación económica de la asociaciación.

De la Junta de Gobierno
Art. 5 º. La Junta de Gobierno constará de una Presidenta, una Vicepresidenta, una Secretaria, una Tesorera y tres Vocales.
Art. 6 º. La Presidenta tendrá a su cargo dirigir el ropero, hacer el reparto de ropas, convocar a la Junta cuando lo considere oportuno y arbitrar recursos para el sostenimiento de la institución; labor esta última a la que coadyuvarán todas las que constituyen la Junta de Gobierno.
Art. 7 º. La Vicepresidenta sustituirá a la Presidenta en ausencias y enfermedades.
Art. 8 º. La Secretaria llevará relación de los acuerdos que se adopten levantando acta de los mismos.
Art. 9º. La Tesorera se encargará de los fondos de la Asociación, llevando nota de los gastos e ingresos, así como de las ropas que se reciban y distribución de las mismas.
Art. 10º. Las señoras Vocales asistirán a las Juntas teniendo voz y voto.

Junta del Ropero Concepción Arenal
Presidente honorario: Sr. Capellán de la Cárcel.    Consejero: Sr. Jefe de la misma   Consejero: Sr. Subjefe de la misma.

Junta de Gobierno
Presidenta: Dª Micaela Pérez de Miranda;    Vicepresidenta: Dª Julia Lacorte de Valverde
Tesorera: Sta. Fidela Martín del Río;    Secretaria: Sta. Micaela Clavijo Torralba
Vocal: Sta. María Aibar Urchaga;     Vocal: María Clavijo Torralba;
Vocal: Sta. Sofía Martín del Río

Logroño 14 de junio de 1920