| Régimen Estatuto | Elecciones Ley 1837 | Elecciones Ley 1846 | Elecciones Ley 1865|
Los progresistas vuelven al poder en el verano 
          de 1854 después de una década de control político de los moderados. 
          Como diez años antes lo hicieron éstos, ahora los progresistas lo consiguen 
          también por un pronunciamiento militar que se transforma en un levantamiento 
          de las provincias. El 28 de junio de 1854 un grupo de Generales significados 
          (Dulce, O'Donnell, Echagüe, Serrano, ...) se manifiestan en Canillejas 
          contra el gobierno para avanzar hacia Vicálvaro. Este pronunciamiento 
          arrastra en su apoyo, y en contra del Gobierno, durante el mes de julio, 
          a varias ciudades (Alcira, Cuenca, Valencia, Valladolid, San Sebastián, 
          Madrid, Barcelona, Zaragoza,...). El pueblo se manifiesta cantando el 
          Himno de Riego y saliendo a la calle para construir barricadas. Los 
          hechos más sobresalientes y conocidos se producen en Madrid, Cádiz, 
          Málaga y Barcelona. Sin embargo, es la Junta Revolucionaria de Zaragoza 
          la que canaliza el movimiento entregando el poder al General Espartero, 
          hasta ahora retirado en Logroño . El Bienio Progresista, después de 
          estos sucesos, empezaba en toda España. 
  
  El 19 de julio se constituye una Junta Revolucionaria en Logroño, al igual que 
  sucedió en el resto del país, para "reconquistar" "la libertad por que tanto 
  hemos combatido". En el BOPL, los esparteristas de siempre, presididos por uno 
  de los más sobresalientes hacendados riojanos, José 
  Santa Cruz Orive, tío político de Espartero, firman las proclamas de la 
  toma del poder e imprimen las conocidas alocuciones de Espartero despidiéndose 
  de los riojanos , del mismo saludando a los zaragozanos y al ejército , y la 
  de O'Donnell a los españoles.
  
  El Bienio Progresista significaba no sólo la vuelta de los hombres de finales 
  de los años treinta y principios de los cuarenta, sino también la de sus leyes 
  y normas. Poco a poco los progresistas van reinstaurando las Leyes derogadas 
  durante la década anterior. Me limito a recoger lo relacionado con las Elecciones 
  a Cortes.
        
        Normativa electoral y convocatoria de elecciones. 
          En agosto, el día once, comienza el proceso de nuevas elecciones derivadas 
          del movimiento del verano. Un Real Decreto, de diez artículos , señala 
          que las nuevas Cortes tendrán el carácter de constituyentes y compuestas 
          de sólo el Congreso de los Diputados. Indica además el número de Diputados 
          por provincias según el número de habitantes (uno por cada 35.000) y 
          estable la Ley a la que se ajustará del desarrollo electoral, (Ley progresista 
          del 20 de julio de 1837) salvo en algunas modificaciones apuntadas expresamente. 
          Se vuelve en la práctica a las formas electorales de los años progresistas, 
          y de aquí que puedan ser consideradas estas Elecciones como un epílogo 
          de la Ley de 1837, ya que los cambios resultan secundarios al referirse 
          a extremos marginales del sistema. Se decreta que se haga elección sólo 
          de los "Diputados propietarios"; se reforma la elección de los miembros 
          de las mesas electorales; se reducen los días de votaciones de cinco 
          a tres; se verifican por cualquier elector los nombres escritos en las 
          papeletas antes de que sean destruidas; y se concreta la recepción, 
          el envío, la conservación y la verificación de las Actas. El sistema 
          electoral del verano de 1837 no sólo se agiliza, sino que también se 
          clarifica durante el Bienio Progresista.
          
          En la provincia de Logroño se realizan durante el Bienio Progresista 
          tres elecciones. Una general en 1854 y dos parciales en 1855. La general 
          corresponde cronológicamente con la celebrada en las demás provincias 
          españolas. Las parciales se efectúan, una en el último día del año 1854 
          y en los primeros de 1855 para elegir dos Diputados en sustitución del 
          mismo número de electos en la general que renuncian; otra se efectúa 
          a finales de noviembre y primeros de diciembre de 1855, para suplantar 
          a un Diputado renunciante por acceso a otro cargo de mayor categoría.
          
          El calendario de operaciones electorales para la General quedó así: 
          el 6 de septiembre deberían de estar formadas las Listas de Electores 
          y divididos los pueblos de la provincia en Distritos electorales. El 
          12 de septiembre las Listas deberían ser puestas en público en los respectivos 
          pueblos durante 15 días y "rectificadas y formadas definitivamente" 
          para publicarse en el BOP. El 4 de octubre se iniciarían las votaciones 
          en las cabezas de los Distritos Electorales. El 16 de octubre se verificaría 
          en la capital de la provincia el Escrutinio General. Y finalmente, el 
          30 de octubre, aunque se hiciera necesaria una segunda vuelta, deberían 
          de estar concluidas todas las operaciones.