Reinado de Isabel II en La Rioja

Distrito de Torrecilla en la década moderada: por la Ley 1846

Poblaciones serranas pertenecientes al Distrito Electoral de Torrecilla de Cameros.

Distrito de Torrecila de Cameros


La tendencia alcista en el número de electores durante la década moderada se comprueba de manera muy especial en este Distrito. Es tal el incremento, que en siete años, prácticamente se duplican los posibles participantes en las elecciones.

En 1846 se cuantifican, en las 64 poblaciones que lo integran, 271 personas con condiciones de voto, que son aproximadamente las efectivas que cumplen las exigencias legales, y en 1853 son admitidas en las Listas ultimadas 532. Como se ve, 261 electores más de una fecha a otra. El aumento tan desproporcionado hará necesario examinar críticamente la confección de las Listas para comprender el nivel de fraude.

Pero antes vamos a exponer analíticamente de dónde proceden y cuáles son los núcleos poblacionales que aportan mayor número de sufragios. El rasgo más característico de este Distrito en cuanto al cuerpo electoral es su gran fragmentación. La suma total de electores procede de un amplio número de municipios: 52. No obstante, muy pocas poblaciones, sólo ocho (Torrecilla, Soto de Cameros, Anguiano, Pedroso, Nájera, Baños de Río Tobía, Canales y Tricio) aportan en las tres Elecciones Generales más de una decena de electores. Unicamente otras cuatro (Ortigosa, Nieva, Badarán y San Millán de la Cogolla) superan la misma cifra en sólo las dos últimas. Los demás pueblos, recuérdese que son 52, nunca alcanzan la decena en más de una de las tres fechas. De éstos se quedan en blanco en toda la década moderada nueve.

La evolución del número de poblaciones sin electores es la siguiente: en 1846, 21 pueblos, carecen de ellos; en 1850 son prácticamente los mismos, 20; y en 1853, ya sólo una docena. El crecimiento del número de electores por municipios nos despeja muy pocas incógnitas, pues no existen muchas posibilidades de generalizar. No obstante, donde se comprueban nítidamente las variaciones hacia incrementos electorales es en aquellos pueblos que, o no tenían electores en 1846, o los aportaban en número muy reducido. Pero incluso esta deducción, muy patente en media docena de casos concretos como Luezas, Pradillo, Alesón, Berceo, Camprovín o Manjarrés, no es generalizable, ya que otros núcleos mantienen o aumentan, aunque muy levemente los posibles participantes en las Elecciones. Más concretos son los incrementos dados en las poblaciones más señaladas del Distrito, como la propia cabeza de él, Torrecilla, que pasa de 11 a 20; o Soto de Cameros -también cabeza de Sección en una elección- de 14 a 30; o Nájera -cabeza de Sección en las tres elecciones- de 43 a 79; o Baños de Río Tobía de 10 a 27. O los más espectaculares de Badarán que pasa de 4 a 37 y San Millán de la Cogolla que lo hace de 2 a 28. Otros, sin embargo, más proclives al progresismo como Anguiano, Pedroso y Canales, casi no alteran su número de electores en toda la década.

El juego fraudulento en la elaboración y rectificaciones de Listas parece evidente como lo intentaré demostrar. He efectuado un seguimiento, en paralelo, entre los admitidos en las Listas Electorales ultimadas en mayo de 1854 y los que pagan contribuciones en 1852, tanto por "inmuebles, cultivos y ganadería", como por industrial, en todas la poblaciones del Distrito. Los resultados no han podido ser más esclarecedores. Según mis cálculos, y refiriéndome siempre a datos mínimos de fraude, puede situarse éste en torno a un centenar de incluidos que no tienen las "cualidades necesarias" para serlo. Asimismo he podido comprobar que otros contribuyentes que sí las poseen han sido excluidos. En algunas poblaciones todos los admitidos como electores están muy lejos de las exigencias económicas de los 400 rs; en otras se admiten a contribuyentes que superan los 200 rs. pero nunca los 300 rs., y son muy numerosos los que se incluyen con cuotas rondando a los 400 rs. que no he considerado fraudulentas por suponer, muy optimistamente, que tengan cuotas en algunas otras poblaciones como forasteros.

También es comprobable la exclusión, casi generalizada, de los que contribuyen por matrícula industrial sólo, especialmente en ciertas poblaciones significadas por su progresismo de años anteriores. Las Listas más "hinchadas" están en las poblaciones serranas anteriormente sin electores; en los municipios claramente controlables por una o dos familias de grandes contribuyentes; y en las poblaciones más crecidas en habitantes donde resulta menos controlable por el vecindario la inclusión de los que no reúnen los requisitos necesarios. No veo más necesidad de incidir sobre esta cuestión ya que es un supuesto admitido de manera generalizada por todos aquellos investigadores que se han ocupado del tema electoral durante la época de Isabel II. Aquí lo único que hemos hecho es demostrarlo.
Otros temas de las elecciones de 1846:
Diputados electos| Normativa electoral
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