Don José Napoleón por la grancia de Dios y por la constitución del Estado, Rey de las Españas y de las Indias.
Deseando promover el adelantamiento de la agricultura, la abundancia y baratura de los bastimientos, y el progreso de la industria nacional, hemos decretado y decretamos lo siguiente:
Artículo primero
Queda suprimido desde este día en todas las Provincias de España el Estanco de Aguardientes y Rosolis, y libre su fabricación, circulación y venta.
Artículo segundo
Los derechos que pagaban los Aguardientes a su introducción en Madrid, quedan reducidos en la forma siguiente: A treinta y cuatro reales arroba el Aguardiente Común de quince grados en vez de 57 ... 10 = A 40 el de prueva de Holanda y con diez y nueve grados en vez de 79 ...6. = A 50 el de prueba de azeyte de veinte y cuatro grados en vez de 140 ... 25.
Artículo tercero
Los Rosolis y Licores pagarán los derechos establecidos y la fábrica existente de la Real Hacienda, mientras no se logre enagenarla o arrendarla, satisfará los Derechos en los Aguardientes que introduzca, como cualquier particular.
Artículo cuarto
Nuestro Ministro de Hacienda queda encargado de la execución del presente Decreto.
Dado en nuestro Palacio de Madrid a quince de febrero de mil ochocientos nueve. Firmado
Yo el Rey."