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25-26 septiembre 1836
"Nómina de los Sres. Electores de Parroquia de los Pueblos de
este Partido que se han presentado ante mi para ser anotados en este Libro en
que han de extenderse las Actas de la Junta Electoral de Partido.
Dn. José Clemente
de Abalos y D. Manuel de la Peciña, por el pueblo de San Asensio.
Dn. Ignacio
Bañuelos, Dn. Benito Francia y D. Domingo Asua, por el de Briones.
Dn. Rufino
Gil y Dn. Ramón Ramírez por San Vicente
Dn. Joaquín Espin, por Cuzcurrita y
Ochánduri.
Dn. Inocencio Corcuera por Zarratón y Rodezno.
Dn. Domingo Martínez
de Pisón, Marqués de Ciriñuela, por Casalarreina
Dn. Ramón de Abalos, por Ollauri
Dn. Lorenzo Gómez, por Anguciana, Oreca y Cihuri
Dn. Esteban Castriciones por
Castañares, Gimileo y Tirgo
Dn. Manuel Ortiz, por Saja, Galbárruli, Fonzaleche
y Villaseca
Dn. Ignacio Velunza por Treviana
Dn. Tomás Salinas por Foncea, Arcefoncea
y Cellorigo
Dn. Juan Gil por Rivas
Dn. Félix Gárate, Dn. Claudio Velunza, Pro.
D. Manuel Vellogin, Pro. Dn. Ildefonso Salazar, Dn. Leandro García Peña, Dn.
Saturnino Gutiérrez y Dn. Melchor Mendieta por esta Villa de Haro.
Que son los
únicos electores de Parroquia que se me han presentado y para que conste con
arreglo al artículo sesenta y siete de la Constitución lo anoto y firmo en este
Libro, como Alcalde primero Constitucional en esta villa de Haro a veinte y
cinco de setiembre de mil ochocientos treinta y seis. Pedro Munarriz".
Archivo
Municipal de Haro, Leg. 69.
"Junta Electoral del Partido de Haro. En las Salas
Consistoriales de esta villa de Haro, a veinte y seis de setiembre de mil ochocientos
treinta y seis, siendo la hora de nueve de la mañana bajo la Presidencia del
Sr. Alcalde 1º Constitucional de la misma, Dn. Pedro Munarriz, se reunieron
los Sres. Electores de Parroquia de los Pueblos de dicho Partido a saber, Dn.
José Clemente de Abalos, D. Manuel de la Peciña, Dn. Ignacio Bañuelos, Dn. Benito
Francia y D. Domingo Asua, Dn. Rufino Gil, Dn. Ramón Ramírez, Dn. Ignocencio
Corcuera, Dn. Domingo Martínez de Pisón, Marqués de Ciriñuela y del Puerto,
Dn. Ramón de Abalos, Dn. Lorenzo Gómez, Dn. Esteban Castriciones, Dn. Manuel
Ortiz Ygay, Dn. Ignacio Velunza, Dn. Tomás María Salinas, Dn. Juan Gil, Dn.
Ildefonso Salazar, Dn. Leandro García Peña, Dn. Saturnino Gutiérrez, y Dn. Melchor
Mendieta, así como los escrutadores Pros. Dn. ClaudioVelunza, D. Manuel Vellogin,
y mi el Srio. Dn. Félix Gárate, así que Dn. Joaquín Espin, y al momento ... conforme
que en unión de los Escrutadores he firmado referente a las actas de Elecciones
Parroquiales contenidas en las certificaciones que cada Elector presentó en
el día de ayer y también la Comisión especial dio cuenta de la respectiva a
dichos Escrutadores y Srio., y después de haber Conferenciado detenidamente
sobre cada una de ella y por voto unánime se resolvió que los Electores que
concurren y componen esta junta se hallan legítimamente nombrados y en ninguno
de ellos hay circunstancia que le impida el desempeño de su encargo, pues su
particularidad que se ha advertido en el Informe de la mesa se han desvanecido
con las recíprocas advertencias que se han hecho sobre ellas y así se declaró
legalmente constituida esta junta, advirtiéndose que el Elector D. Lorenzo Gómez
presentó nueva certificación, en la que se salvan los defectos de que adolecía
la anterior. = En seguida el Sr. Presidente y demás individuos de la junta de
Partido se trasladaron a la Parroquial Ig. de Santo Tomás de esta villa ...
solemne del Espíritu Santo por el Esco. de más dignidad D. Emeterio Salazar
y acabado el Sacrificio Dn. Facundo López teniente Cura hizo un discurso análogo
a las circunstancias de que no pudo encargarse Dn. Emeterio Salazar por su mucha
edad. Se restituyó la Junta a las Salas Consistoriales y yo el Srio. leí el
artículo setenta y dos de la Constitución. Acto continuo el Sr. Presidente hizo
la pregunta que se marca en el artículo cuarenta y nueve de la misma, relativa
a si algún Ciudadano tenía que exponer sobre cohecho o soborno para que la elección
recaiga en determinada persona y todos manifestaron nada tenían que alegar sobre
este particular. Se leyeron después los artículos setenta y tres hasta el setenta
y siete inclusivo y los que este último recuerda y enterados todos los Electores
a su satisfacción, y hallando se observaba exactamente lo que disponen referidos
artículos se procedió a la votación por escrutinio secreto, entregando cada
Elector su voto escrito en una papeleta doblada que sucesivamente se fueron
colocando en una urna preparado al intento a presencia ... y de mi el Srio:
= Concluida la votación se hizo por el Presidente Srio y Escrutadores la regulación
de los votos y resultó que D. Félix Gárate, renunió doce votos, el Sr. Marqués
de Ciriñuela y del Puerto, seis votos, Dn. Guillermo Ramírez, vecino de San
Vicente, y residente en Haro accidentalmente por las circunstancias políticas,
cuatro, Dn. Manuel Sagredo vecino de Haro, un voto, y Dn. Ramón Tosantos vecino
de Briñas, otro voto, y hecha pública por el Sr. Presidente se resolvió que
pues no había reunido ninguno la mitad de votos, más uno, era necesario proceder
a segundo escrutinio entre los dos sujetos que han reunido el mayor número de
votos y son Dn. Félix Gárate, y el Sr. Marqués de Ciriñuela y del Puerto, a
lo que se procedió en la misma forma que se ha hecho dicha votación, pero se
estimó que ninguno de los dos condidatos entre en votación mediante que no pudiendo
votar en su persona, debe cada uno hacerlo .... no padecerá alteración, con
cuya disposición se conformaron dichos Candidatos: Se hizo concluida la votación
el debido escrutinio, de que resultó que el Sr. Marqués de Ciriñuela y del Puerto
obtuvo ocho votos, y Dn. Félix Gárate, catorce: Por lo tanto quedó este elegido
para Elector del Partido de Haro. Con lo que se dio por concluida la acta contra
la que nada se ofreció (?) a los Electores, y se dio por disuelta la junta disponiendo
el Sr. Presidente pasar a la Iglesia Parroquial donde se ha de cantar un tedeum
en acción de Gracias, y lo firma dicho Sr. con los Escrutadores y mi el Srio.
(Rectificaciones)
Firmas de Pedro Munarriz, Manuel Mª Belloguin, Claudio Velunza,
Félix Gárate.
Archivo Municipal de Haro, Leg. 69.
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