ELECCIONES REINADO ISABEL II

ETAPAS: |Régimen Estatuto | Elecciones Ley 1837 | Elecciones Ley 1846 | Elecciones Ley 1865|

PRESENTACIÓN

Las lamentaciones de José María Jover en los primeros años ochenta sobre lo poco que sabemos de las elecciones españolas anteriores al Sexenio democrático, se pueden mantener aún hoy casi en su integridad. Es verdad, que se han publicado algunos trabajos meritorios en estas dos últimas décadas que cubren todas las Elecciones del reinado de Isabel II, como el de Enrique Aguilar Gavilán sobre Córdoba y el de Margarita Caballero Domínguez sobre Soria , y se anuncian trabajos sobre los mismos temas para otras provincias, como los de Isabel Burdiel sobre Valencia , pero en general aún seguimos dependiendo de obras que estudian elecciones concretas, bien sean autores coetáneos, como Fermín Caballero y Andrés Borrego que citamos en la bibliografía, o bien autores de nuestros días como Joaquín Tomás Villarroya y la propia Isabel Burdiel, o de obras generales de autores que estudian el período. Como vemos muy poca cosa, y no encontramos razones para que suceda así, pues como escribe Carmelo Romero en el Prólogo al libro citado de Margarita Caballero, las dos razones que lo justificaran (la ausencia de fuentes y la escasa entidad del estudio de las Elecciones para conocer el reinado de Isabel II) para nosotros se nos han demostrado insuficientes.

Debido a esto se me plantearon variados problemas. Pero sobre todo, el de cómo estructurar la exposición general del trabajo para que posteriormente fuera útil a futuros historiadores e investigadores nacionales interesados en el tema. Me explico. Siendo una investigación únicamente de la provincia de Logroño, podía quedarse en puro localismo y ser baldío el esfuerzo, por lo que necesitaba plantearme un esquema que pudiera ser válido para la generalidad y no para una provincia. Mis dudas se refirieron fundamentalmente a dos: o seguir un mero desarrollo cronológico en la exposición de cada una de las Elecciones, o establecer unas grandes partes de contenido homogéneo. Al final abandoné el primer sistema y me decidí por el segundo. Y las razones para hacerlo fueron de muy distinto signo: unas por evitar redundancias y/o repeticiones entre las distinas Elecciones; otras por facilitar el trabajo de acumulación de datos seriados; y sobre todo, por someterme fielmente a los diferentes marcos legales electorales. El único problema que se me planteaba era qué hacer con el Bienio Progresista, pues quedaba "dislocado" en el contexto general del desarrollo. Y mi solución vino por el camino de añadir un capítulo a la Parte correspondiente a la Ley Electoral de 1837, pues en definitiva esta fue la normativa electoral seguida en ese Bienio.

Tomada esta decisión programé el trabajo en cuatro Partes en conformidad con los dos grandes temas debatidos entre las opciones idelógicas mayoritarias del momento, la moderada y la progresista, el tipo de participación de los electores en la selección de sus representantes y el sistema de planificación electoral del territorio. Y las Partes quedaron así: Primera. Elecciones por sufragio indirecto en sus dos vertientes, censitario y universal, cubriendo así todas las consultas entre 1834 y 1836. Segunda. Elecciones por sufragio directo censitario y circunscripciones provinciales, abarcando todas las celebradas por la Ley Electoral de 1837, o sea, desde 1836 a 1845 y las del Bienio Progresista (1854-1856). Tercera: Elecciones por sufragio directo censitario y Distritos uninominales, correspondiendo con la Ley Electoral de 1846, que se aplicó en todas las elecciones de la década moderada (1846-1853) y en todas las de los años de domino de La Unión Liberal (1857-1864). Cuarta: Elecciones por sufragio censitario directo y circunscripción provincial - Ley de Posada Herrera de 1865, que con dos únicas Elecciones (1865 y 1867) se cierra el reinado de Isabel II.

La organización interna de cada una de las Partes resultaba muchísimo más fácil. Simplemente consistía en acomodarse a los pasos necesarios de un "ciclo" electoral, tal y como están marcados en cada una de las distintas Leyes. Así, en primer lugar, debía resumirse el contenido de las Leyes Electorales, y enumerarse las consultas celebradas bajo éllas; en segundo lugar, concretarse y definirse el número de los participantes y saberse cómo se les distribuía territorialmente para su participación; en tercero, analizarse las "organizaciones/partidos políticos" y cómo elaboraron sus estrategias atractivas y propagandísticas para seleccionarse y ser seleccionados; en cuarto, detenerse en las jornadas electorales o días de votaciones, especialmente en la propia emisión del sufragio según los días, en los integrantes de las "mesas" electorales (Presidentes y Secretarios Escrutadores), en las "influencias" (manipulaciones) de los "poderes" en las votaciones; y en quinto lugar, estudiarse la participación en las Elecciones, es decir, los votantes, así como a los que fueron votados, tanto los electos como Diputados, como los que no lo fueron.

Dentro de estos propósitos metodológicos la presente investigación es un "trabajo de campo" que se "ha rellenado" con los datos correspondientes a la provincia de Logroño, pero que igualmente puede hacerse con los de cualquiera otra provincia de la monarquía isabelina. Los logros finales alcanzados en esta provincia deben ser una pieza más del "puzzle" nacional, como lo son los trabajos de Margarita Caballero, de Enrique Aguilar o de Isabel Burdiel. Al final, con mayor número de piezas, podremos comprender mejor la vida de las élites nacionales en las primeras décadas de la formación del sistema político participativo español. Así que el esfuerzo principal del trabajo actual presentado como Memoria de Licenciatura se ha centrado en el estudio del selecto grupo de personas de la provincia de Logroño admitido legalmente para participar en la gobernabilidad de España. En este caso seleccionando a sus representantes políticos en las Cortes Nacionales, es decir, a los Diputados por Logroño. Se han combinado, pues, las referencias documentales cercanas, o si se quieren locales, con el enfoque amplio que se hace necesario para huir de la simple erudición o del mero "conmemorativismo" en los trabajos de historia.

Las fuentes documentales para estudiar las elecciones del Reinado de Isabel II en la provincia de Logroño son muy abundantes, aunque desequilibradas según los temas. El material normativo, es decir, las Leyes Electorales, por ejemplo, está todo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, al igual que los Reales Decretos de convocatoria de Elecciones. Sucede lo mismo, aunque de modo aún más acentuado pues los podemos encontrar hasta por triplicado, con los resultados generales de cada Elección, ya que además de las Actas de los Escrutinios Generales archivadas en el Congreso de los Diputados, al igual que las de todas las provincias españolas, están las mismas manuscritas guardadas en algunos Archivos Municipales que fueron cabeza de Distrito Electoral y también están todas impresas en los Boletines Oficiales de la Provincia en sus fechas correspondientes. Se han conservado, igualmente, numerosas Actas de elecciones intermedias o anteriores a los recuentos generales de las consultas electorales celebradas con anterioridad a la Ley de 1837, y también algunas de los resultados de Distritos concretos antes de realizarse el recuento general cuando las elecciones son por circunscripciones provinciales o Distritos uninominales. Pero es que además se pueden seguir los resultados municipio por municipio y hasta persona por persona, pues están todas las Listas de Votantes publicadas en el Boletín Oficial día por día, elección por elección, vuelta por vuelta, con lo que se nos posibilita analizarlos no sólo de manera globalizada para toda la provincia, que es lo más cómodo, sino también por municipios y comarcas, por sectores socio-económicos, y por sujetos concretos. Existen, pues, fuentes más que suficientes para responder a cualquier tipo de preguntas que se nos ocurran sobre la participación electoral.

Algo parecido sucede con el capítulo de los electores, aunque en esta ocasión nos encontramos con algunas lagunas para determinados momentos. Mientras la confección de las Listas de Electores dependió de los Ayuntamientos (hasta 1837) todo funcionó de tal modo que se puede saber quiénes son los electores, pues las Actas que los concreta se incluyen en los Libros de Sesiones, faltando sólo las de aquellos municipios que ha perdido éstos. Cuando las Listas se elaboraron por las Diputaciones (Ley 1837), la desaparición de sus fondos, supuso también la ausencia de papeles sobre electores, y como esto fue lo que sucedió con la de Logroño, nos quedamos sin saberlos. Evidentemente conocemos el cómputo general de electores de la provincia por las Actas de Resultados, pero desconocemos su distribución por Distritos, municipios y personas concretas, salvo en aquellos Distritos que han custodiado hasta hoy los documentos electorales en sus Archivos Municipales (Haro y Calahorra). Cuando los Gobernadores o Jefes Políticos formaron las Listas (Ley de 1846) la documentación sobre electores se normalizó, y se pueden reconstruir éstos de manera minuciosa desde cualquier punto de vista y población por población. Finalmente contamos con un magnífico Censo Electoral nominal de todas las poblaciones de los nueve Partidos Judiciales de la provincia para las dos últimas elecciones del reinado de Isabel II (1865-1867). En él no falta de nada, ambos apellidos, dirección y cuota de renta.

También hay material documental más que suficiente para comprender las jornadas electorales día por día, Sección por Sección, Distrito por Distrito, pues todo aparece publicado puntualmente en los Boletines Oficiales. Así se puede reconstruir casi en su totalidad la nómina de los auténticos muñidores electorales del período, al saber un gran número de componentes de las mesas electorales; los manejos gubernativos por las protestas archivadas en las Cortes junto a las Actas de Resultados; en fin, los pormenores de cada día.

Las mayores deficiencias de fuentes se refieren a uno de los capítulos del "ciclo" electoral más importante: el de los Partidos Políticos y la propaganda electoral. Es así porque durante el período isabelino en nuestra provincia no se publicaron más que una media docena de periódicos, y muy tardíamente, que en nada se relacionaron con los temas políticos. Unicamente encontramos mensajes de este signo en el Boletín Oficial de la Provincia, y sólo durante los primeros años de la minoría de edad de Isabel II. Menos mal que esta carencia la hemos podido solventar en parte con un magnífico Archivo privado de uno de los que llegó a ser Diputado a Cortes por el Distrito de Logroño capital en la década moderada y en los años de La Unión Liberal, José Domingo Osma y Ramírez de Arellano. En él se conserva una larga correspondencia, con un amplio número de cartas referidas directamente a las cuestiones electorales de los períodos citados. Por éllas podemos saber numerosos detalles de las relaciones entre los poderes centrales y provinciales; entre algunos de los Diputados por La Rioja; entre los caciques locales y el electo como Diputado; así como también conocer detenidamente la dinámica de organización y de "propaganda" electoral y los manejos electorales de los notables moderados y unionistas del Distrito de Logroño capital. Ha sido todo un lujo poder contar con este Archivo. Y aunque nos ha llegado alguno otro, como el de Martín Tosantos, aporta muy poco a los temas electorales. Después del año 2000 está al servicio de los investigadores otro Archivo, el de Ramón Alesón, en los fondos del Archivo Histórico de la Rioja.



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